Cambiar la hipoteca de banco: subrogación, novación y costes
Cambiar la hipoteca de banco por subrogación permite negociar mejores condiciones sin cancelar necesariamente el préstamo. Esta guía compara subrogación, novación y nueva hipoteca, con costes y pasos.
Equipo Ibercasa
13 de octubre de 2026
Índice del artículo
Lo más importante de este artículo
- La subrogación de acreedor sirve para cambiar la hipoteca a otro banco; la novación mantiene el préstamo en la misma entidad.
- El banco actual no tiene que autorizar la subrogación, pero puede presentar una contraoferta durante el proceso.
- En una hipoteca posterior a la Ley 5/2019, el cliente paga normalmente la tasación y el banco asume notaría, registro, gestoría y AJD de la nueva financiación.
- Cancelar la hipoteca y firmar otra nueva suele implicar más trámites que subrogar o novar, aunque a veces permite modificar más elementos del préstamo.
- Antes de decidir hay que comparar TAE, plazo restante, productos vinculados, comisiones de amortización y ahorro total, no solo la cuota mensual.
88.803
hipotecas sobre vivienda registradas en Cataluña en los últimos doce meses a cierre del primer trimestre de 2026
Colegio de Registradores, Estadística Registral Inmobiliaria, 1T 2026
1Qué significa cambiar hipoteca de banco con subrogación
Cambiar la hipoteca de banco por subrogación significa trasladar el préstamo hipotecario a otra entidad, normalmente para mejorar el tipo de interés o el plazo. Técnicamente se llama subrogación de acreedor: cambia el banco que presta el dinero, pero la hipoteca no se cancela para crear otra desde cero.
En Barcelona y en el resto de Cataluña, esta decisión suele aparecer cuando una familia firmó una hipoteca variable, mixta o fija en un momento menos favorable y ahora encuentra ofertas mejores. De acuerdo con la Estadística Registral Inmobiliaria del Colegio de Registradores, en Cataluña se registraron 88.803 hipotecas sobre vivienda en los últimos doce meses a cierre del primer trimestre de 2026, un dato autonómico que no describe solo Barcelona, pero sí refleja que el mercado hipotecario catalán sigue teniendo mucho volumen de operaciones.
La subrogación no es la única vía. También puedes negociar con tu propio banco una novación o cancelar la hipoteca y firmar una nueva. La diferencia importa porque cambian los trámites, los costes, el margen de negociación y el tipo de modificaciones que se pueden hacer.
Punto de partida
Antes de pedir ofertas, localiza la escritura de la hipoteca, el último recibo, el capital pendiente, el tipo aplicable, la próxima fecha de revisión y las comisiones pactadas. Sin esos datos, cualquier comparación será incompleta.



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Pedir asesoramiento gratuito2Subrogación, novación o hipoteca nueva: qué opción estás eligiendo
La subrogación de acreedor se utiliza cuando otro banco mejora la oferta y asume la posición del banco anterior. Es la opción más asociada a cambiar de entidad sin rehacer toda la financiación desde cero. En la escritura de subrogación se puede modificar el tipo de interés, el plazo o ambos; si se quieren cambiar otras condiciones adicionales, puede pactarse una novación una vez subrogada la hipoteca.
La novación es una modificación del préstamo con el mismo banco. Puede afectar al tipo de interés, el plazo, el sistema de amortización, el capital pendiente si se amplía o determinadas garantías. Suele ser más sencilla si el banco actual quiere retener al cliente, pero depende de su aceptación: a diferencia de la subrogación, aquí no hay una entidad competidora que sustituya automáticamente al acreedor.
Cancelar la hipoteca y firmar una nueva es otra operación: primero se extingue el préstamo anterior y después se constituye otro. Puede tener sentido si se quiere cambiar algo que la subrogación no permite o si el nuevo banco estructura la operación así, pero normalmente exige más trámites: cancelación económica y registral de la hipoteca antigua, nueva tasación, nueva escritura y nueva inscripción.
| Opción | Qué cambia | Cuándo suele encajar | Punto delicado |
|---|---|---|---|
| Subrogación de acreedor | Cambia el banco acreedor; el préstamo continúa con otra entidad y pueden modificarse el tipo de interés, el plazo o ambos | Cuando otro banco ofrece mejores condiciones y no necesitas rehacer toda la financiación | Hay que revisar la comisión o compensación de amortización pactada y los límites legales aplicables |
| Novación | Se modifican condiciones con el mismo banco | Cuando tu entidad iguala o mejora la oferta y la modificación es suficiente | Depende de que el banco acepte y puede llevar comisión si estaba pactada y responde a un servicio real |
| Cancelar y firmar nueva hipoteca | Se extingue la hipoteca anterior y se constituye otra | Cuando se necesita una operación distinta, más capital o cambios que no encajan en una subrogación | Suele añadir trámites de cancelación registral y formalización de un préstamo nuevo |
Comparación práctica de las tres vías principales para mejorar una hipoteca ya firmada.
3Costes y comisiones que pueden aparecer
En una subrogación, el coste que más hay que mirar es la compensación o comisión por reembolso o amortización anticipada que figure en la hipoteca original, siempre dentro de los límites legales. Para préstamos a tipo variable posteriores a la Ley 5/2019, la compensación pactada puede configurarse, de forma excluyente, con un límite del 0,15 por ciento durante los cinco primeros años o del 0,25 por ciento durante los tres primeros años, y solo hasta la pérdida financiera que pueda sufrir la entidad.
Si la operación consiste en pasar de tipo variable a tipo fijo, o a un primer periodo fijo de al menos tres años, mediante novación o subrogación, la compensación por reembolso queda limitada al 0,05 por ciento durante los tres primeros años del préstamo y no puede cobrarse por ese concepto transcurridos esos tres años. Además, si en una novación no hay amortización anticipada de capital, no procede cobrar comisión por reembolso anticipado.
En los préstamos a tipo fijo, la compensación por reembolso anticipado puede pactarse con límites distintos: hasta el 2 por ciento durante los diez primeros años, o desde que sea aplicable el tramo fijo, y hasta el 1,5 por ciento después, también condicionada a que exista pérdida financiera para la entidad. En la práctica, no basta con mirar el porcentaje máximo: hay que comprobar si la comisión está realmente pactada en tu escritura y cómo se calcula en tu caso concreto.
| Concepto | Subrogación de acreedor | Novación | Cancelar y firmar nueva |
|---|---|---|---|
| Comisión o compensación por reembolso | Puede aplicarse si está pactada y dentro de los límites legales | Solo si hay amortización anticipada de capital y procede según el cambio realizado | Puede aplicarse por cancelar el préstamo anterior si está pactada y dentro de los límites |
| Tasación | Normalmente la paga el cliente, salvo que la entidad la asuma comercialmente | Puede no hacer falta si no se revalora la garantía, aunque depende de la operación | Habitualmente hace falta nueva tasación y la paga el cliente |
| Notaría, registro, gestoría y AJD de la nueva financiación | Con carácter general los asume la entidad que concede o recibe el préstamo, salvo copias solicitadas por el cliente | Si se formaliza escritura sujeta a la normativa vigente, hay que aplicar el reparto legal de gastos | En la nueva hipoteca, el banco asume notaría, registro, gestoría y AJD; el cliente paga tasación |
| Cancelación registral de la hipoteca anterior | No hay cancelación registral completa si se subroga el acreedor | No hay cancelación si solo se modifica el préstamo | Puede generar gastos de escritura, registro y gestoría; en Cataluña la cancelación está sujeta a AJD pero exenta de pago, con obligación de presentar el modelo correspondiente |
| Certificado de deuda pendiente o deuda cero | El banco anterior debe emitir la certificación necesaria en el procedimiento; no debería cobrar por cumplir esa obligación legal | No suele ser el eje de la operación | El certificado de deuda cero debe emitirse gratuitamente según criterios del Banco de España |
Resumen general para hipotecas sujetas al régimen vigente de crédito inmobiliario. Las hipotecas antiguas o con condiciones especiales deben revisarse en escritura y con asesoramiento profesional.
Antes de firmar
Pide a la entidad nueva una simulación que separe capital pendiente, intereses devengados, comisión de reembolso si procede, coste de tasación, productos asociados y cuota final. Si solo te dan una cuota mensual, falta información para decidir.

Sigue leyendo
Guía básica de la hipoteca: tipos, plazos y qué mirar antes de firmar
4Pasos para cambiar hipoteca de banco por subrogación
El primer paso es calcular tu posición actual: capital pendiente, plazo restante, tipo de interés, TAE real, cuota, productos vinculados y penalizaciones. Una hipoteca con cuota baja pero plazo muy alargado puede terminar siendo más cara que otra con cuota algo superior y menor coste total.
Después conviene pedir oferta a una o varias entidades. El nuevo banco analizará ingresos, estabilidad laboral, endeudamiento, historial de pagos, valor de la vivienda y capital pendiente. Es habitual que solicite una tasación actualizada, porque necesita comprobar que la garantía sigue siendo suficiente.
Si el banco nuevo quiere quedarse la hipoteca, presenta una oferta vinculante con las condiciones financieras. Al aceptarla, autorizas a la entidad nueva a comunicarlo al banco actual y a pedirle la certificación del importe de la deuda pendiente. El banco actual debe entregar esa certificación en un plazo máximo de siete días naturales desde el requerimiento realizado por la entidad subrogante.

| Fase | Qué ocurre | Plazo o regla relevante |
|---|---|---|
| Oferta del nuevo banco | La entidad nueva entrega una oferta vinculante con las condiciones financieras | Debe revisarse junto con la FEIN y el resto de documentación precontractual cuando proceda |
| Certificación de deuda | El banco actual informa del importe pendiente para que la nueva entidad pueda pagar | Máximo de siete días naturales desde el requerimiento |
| Contraoferta del banco actual | La entidad actual puede proponer una novación para retener al cliente | Quince días naturales desde la entrega de la certificación; durante ese periodo no se formaliza la subrogación |
| Firma de la subrogación | Si no se firma la novación con el banco actual, se puede otorgar la escritura de subrogación | La nueva entidad paga a la anterior el importe acreditado y la operación queda formalizada ante notario |
Plazos principales del procedimiento de subrogación de acreedor regulado para cambiar de entidad.



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Pedir asesoramiento gratuito5Qué papel tiene el banco actual
El banco actual no puede bloquear la subrogación por el simple hecho de no querer perder al cliente. La normativa permite al deudor subrogar a otra entidad sin consentimiento de la acreedora anterior, siempre que se siga el procedimiento legal y la nueva entidad pague la deuda correspondiente.
Su papel principal es entregar la certificación de deuda y, si quiere competir, presentar una contraoferta. Esa contraoferta suele articularse mediante novación: el banco mantiene la hipoteca, pero modifica condiciones para igualar o mejorar lo ofrecido por la entidad nueva.
El punto importante es que la decisión final no debe basarse solo en si el banco actual “iguala el tipo”. Hay que comparar también la TAE, las bonificaciones condicionadas, los seguros, tarjetas o planes exigidos, el coste de cancelar esos productos, el plazo resultante y si la oferta mantiene flexibilidad para amortizar anticipadamente.
Consejo práctico
Si tu banco actual hace una contraoferta, pide que esté por escrito y con la misma estructura que la oferta competidora. Comparar un tipo nominal de una entidad con una cuota bonificada de otra suele llevar a errores.
Preguntas frecuentes
Dudas habituales sobre este tema
Resolvemos las dudas que más se repiten sobre este tema.
La subrogación suele encajar cuando otro banco ofrece mejores condiciones y tu entidad actual no las iguala. La novación puede ser más simple si tu propio banco acepta modificar el préstamo sin empeorar otros puntos. La mejor opción es la que reduce el coste total de la hipoteca, no necesariamente la que baja más la cuota del mes siguiente.
No puede impedirlo solo porque no quiera perder la operación. En una subrogación de acreedor, el banco actual debe entregar la certificación de deuda y puede presentar una contraoferta, pero si no se firma una novación dentro del plazo correspondiente, la subrogación puede continuar.
No hay una cifra única. Puede haber tasación, copias, posibles productos asociados y, sobre todo, comisión o compensación por amortización anticipada si está pactada y dentro de los límites legales. La entidad nueva suele asumir los gastos principales de formalización de la nueva financiación, pero conviene pedir una simulación completa antes de aceptar.
Solo suele compensar si la nueva operación permite cambios que la subrogación no cubre o si el ahorro final supera los costes adicionales. Al cancelar y constituir una nueva hipoteca pueden aparecer trámites de cancelación registral, nueva tasación y revisión completa de solvencia. Por eso conviene comparar el coste total durante todo el plazo restante.
Compara TAE, tipo nominal, plazo restante, cuota, coste total de intereses, comisiones de amortización, tasación, productos vinculados y condiciones para perder bonificaciones. También revisa si la nueva oferta alarga el plazo, porque una cuota más baja puede esconder un mayor pago total de intereses.
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Este artículo tiene fines informativos. Para una respuesta ajustada a tu situación, habla con nuestro equipo.
Ver también: Asesoramiento hipotecarioMás publicaciones
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